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Quiere firmar un contrato de 12 meses renovable para que me pueda echar con aviso de 2 meses de antelación cuando le da la gana.
¿Esto me puede afectar en algo?
Gracias Arquitopo. Efectivamente los primeros 5 años son anuales las prórrogas.
Pholmo, ¿eso e así? Si no recuerdo mal, la ley indica que si el contrato es de duración inferior a los cinco años, éste se prorroga automáticamente por plazos anuales.
Tenía entendido qu la prórroga por meses tenía lugar una vez cumplidoas las prórrogas anuales (es decir, pasados 5+3 años)
El dueño parece mal informado, si se va a tratar de su vivienda habitual es indiferente el plazo de duración que se estipule, vd. tendrá derecho a permancer si lo desea 5 años, si le ponen doce meses de duración es mas ventajoso para vd, ya que cada mes después de los doce primeros podrá dar por terminado el arriendo.
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