Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
12. impuestos y arbitrios.
si durante la vigencia de este contrato se modifican o crearan nuevos arbitrios, tasas, impuestos contribuciones, asi como tributos del esado, comunidad autonoma, provincia, municipio o cualquier otro organismo oficial, o bien se recargasen ,disminuyendosen o extinguiendosen los vigentes que gravan la propiedad urbana, el importe de aquellos ,o el exceso,disminucion o extincion de estos,que corresponden a la vivienda arrendada, redundaran en el arrendatario.
esto quiere decir q tengo q pagar el ibi yo que soy el inquilino o no? no entiendo bien esta clausula. es legal si es asi? si lo dejara a deber si es asi que pasaria?
Pues no, no veo por ninguna parte que tengas que pagar el IBI. Al menos en esa cláusula.
Esa cláusula expone que cualquier impuesto o tasa que se MODIFIQUE O CREE nuevo, te tocará pagarlo.
Y como está mal redactada, eso favorece al inquilino, y el concepto del IBI no aparece por ninguna parte. Se supone que eso solo afecta a impuestos o tasas nuevos. Es decir, si ahora pusieran un impuesto municipal sobre el cristal de las ventanas, pues te tocaría a ti.
Pero el IBI debe estar reflejado en el contrato, y ahí no está reflejado. Y el gasto de la comunidad no solo debe estar reflejado, sino que debe aparecer el importe especificado.
Aquí discrepo de Marilolis con esa claúsula no se puede reclamar el ibi al inquilino, Subrayo con esa claúsula. Es lo que tiene el copia y pega que también perjudica al arrendador.
http://www.pedrohernandezabogado.com/
llame al 807 520 008 Para consultarme directamente. Precio llamada: (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
pues sí, exactamente eso has firmado.
De verdad que es mejor leer las cosas antes de firmarlas y no después y si no se entiende algo, preguntar y preguntar y preguntar. Y si hace falta se le paga a un abogado experto en arriendos, que una sola consulta es poco dinero y compensa con creces.
No hay nada como escribir los contratos claritos... que no todos somos expertos.
Recientemente he ido a firmar un contrato de alquiler con una amiga al leerlo la cláusula con respecto a reparaciones era bastante inexplícita, así que hemos pedido que conste en contrato que las reparaciones de cualquier electrodoméstico de la casa, (que tienen más de 15 años), si no se demuestra que es por mal uso, deben ser SIEMPRE por cuenta de la parte del propietario y que lo escriba así de claro!!
Yo que tú pedía que te lo expliquen, antes de firmar nada si luego no quieres sorpresas.