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Mi hijo me dice que cada dos o tres meses tienen que pagar un "aval" o algo así, además del alquiler y pienso si será que el propietario tiene contratado un seguro de cobro y se lo cobra a ellos ¿es esto posible?
Me parece que a Ana le conviene leer este enlace:
http://www.pedrohernandezabogado.com/2008/11/el-aval-de-los-arrendamientos-urbanos.html
Pero lo lógico es que al ser un compromiso del banco con el arrendador sería este último el que tendría que pagar por ese servicio y no el inquilino; otra cosa sería si el inquilino le solicitase ese aval al banco para cubrirse las espaldas.
Si yo, como propietaria de un piso alquilado le hago un seguro de vivienda, de pago semestral ¿sería lógico que se lo añadiese al alquiler semestralmente a los inquilinos por si éstos me lo estropean?
Pues no. No lo es. Ten en cuenta que si decidiera no pagar, y no existiera ese aval, el casero tendría que invertir miles de euros y varios meses para recuperar su vivienda.
Y no es bastante ilegal que le estén cobrando al inquilino por si no pafa cuando está pagando religiosamente?
Un aval bancario es un compromiso que adquiere el banco ante el arrendador, en virtud del cual, si el inquilino no cumpliera su obligación del pago de la renta, sería el banco quien efectuaría el pago.
Por prestar ese compromiso, los bancos "cobran"
Saludos - Papeleos Alquiler.
Si. Y es posible que se trate de un aval. Los bancos cobran los avales trimestralmente.