Respecto a que Vd. tiene que dejar el inmueble yo le sugiero que no haga nada, que espere a ver qué es lo que realmente decide hacer el propietario. Y no mande burofax pues realmente no tendría mucho sentido; sólo cuando le requiera para que abandone el inmueble entonces Vd. le contestará vía burofax, preferentemente utilizando los servicios de un abogado de su zona, que sabrá utilizar las palabras adecuadas.
Respecto a declarar el arrendamiento en su IRPF Vd. está en su derecho de hacerlo. Será el propietario el que tenga problemas con la Agencia Tributaria por percibir unas ayudas que no les corresponden por tener el inmueble arrendado.
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