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Se hayan o no cumplido el año de arrendamiento?
Poco que objetar a la respuesta de javier:
el banco puede impugnar ese contrato dependiendo de su clausulado. Le sugiero lea esto: http://www.pedrohernandezabogado.com/2010/03/puedo-alquilar-mi-piso-hipotecado.html
En cuanto a la devolución si se trata de una fianza depositada es posible que pueda recuperarla en otro caso lo veo dificil: Nadie da lo que no tiene, en latin: Nemo dat quod non habet
para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/
Aunque la casa se la quede el banco,e incluso salga a subasta, el que sea el nuevo dueño le tiene que respetar el contrato y usted podrá permanecer de alquiler hasta el 5º año como mínimo.
Obviamente al que le embargan no devuelve el depósito, pero aún así, al final del contrato el nuevo dueño tendrá que hacerse cargo de la devolución de esa fianza que le obliga dicho contrato.