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La dueña de la casa quiere poner la cláusula de pagar todas las mensualidades hasta fin de contrato si me voy antes, ¿es legal?
Si el arrendatario diese por finalizada la ocupación de la vivienda con anterioridad a la fecha de vencimiento del contrato, deberá abonar al arrendador la cantidad equivalente a la renta pendiente de percibir hasta la expiración del contrato o de cualquiera de sus prórrogas.
no solo es legal, aunque no exista esa clausula lo tienes que pagar igual (lo marca la ley) si el piso no se vuelve a alquilar.