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En mi consulta anterior la casera me pide que le abone los incrementos del ipc de los ultimos 4 años munca me los habia notificado en la cláusula de mi contrato pone si estos indices no se conocieran en el momento de cobrar la renta podran aplicarse sin necesidad de avisarlo previamente y con caracter retroactivo al mes de su aplicacion, ella dice que como tiene caracter retroactivo puede pedirlo ahora ¿esto es asi? gracias
Perdón Muñoz yo creía que en Cataluña los contratos se llevaban al I N C A S O L
No es una mala decisión pero tenga en cuenta que no lo puede dejar cuando quiera, tiene que avisar con 30 días antes de finalizar el contrato o el cumpleaños de cualquiera de las prorrogas, eso es importante que lo coteje. Sobretodo no le dé ni un duro más de lo que le corresponde.
la camara de la propiedad urbana es donde llevan el contrato para sellarlo ,en cataluña lo llaman asi gracias, ahora la casera me dice que como ella es mayor ahora se encargara su hija de todo ,me parece que lo mejor sera dejar el piso por que no hay manera de entederse con esa mujer
¿Qué es la cámara de la propiedad?
Bueno da igual.
Por un lado está el artículo 6 de la Ley de Arrendamientos urbanos.
Ese artículo dice que cualquier cláusula en el contrato que contradiga a la ley en perjuicio del inquilino ES nula.
Y por otro lado está el artículo 18 - Actualización de la Renta que en su punto 3 dice " La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito..."
Así que puedes decir al funcionario de la Cámara de la Propiedad esa, que te pase con su supervisor a ver si tienes suerte y él sí se ha leído la Ley.
Saludos - Papeleos Alquiler
en la camara de la propiedad me dicen que esa clausula si es legal , si no es asi como hago para demostrar que eso el ilegal gracias por contestar
No, el IPC se puede aplicar en cualquier momento a partir de cumplido el período anual, pero no con caracter retroactivo. Es una cláusula abusiva y nula
No, no es así, no tiene caracter retroactivo y no le puede pedir ese incremento, solo lo puede hacer al finalizar cada año el mes inmediatamente después y tomando como referencia el último ipc publicado