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Desde 15 de septiembre estoy como inquilina en una vivienda. El arrendador me pide que abone las facturas de luz y gas cuyos períodos comprenden del 29 de julio-26 de septiembre y del 2 de agosto-2 de octubre respectivamente. Mi duda es si debo abonar yo el importe total de dichas facturas o la parte proporcional desde el inicio del contrato.
Deberías pagar la parte proporcional de las facturas desde que tu estás en la vivienda, desde el 15 de septiembre.
Cuando se hace el contrato de una vivienda hay que tomar las lecturas de los contadores de suministros y al salir, igual y todo ello hacerlo constar en los respectivos documentos ( contrato y resolución de contrato) así no hay dudas de lo que le corresponde pagar al inquilino. Si no lo habeis hecho así, puedes acogerte con ánimo conciliador, a las fechas de facturación, sacando la parte proporcional de cada uno.