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Patricia FJ

inquilino/a

Tengo una duda con la duración del contrato.

EL piso lo alquilo con dos chicas mas, en principio todo esta bien porque todas tenemos trabajo y podermos pagarlo, pero si una de ellas se queda sin empleo y no podemos alquilar su parte tendriamos que dejar el piso, si en el contrato pone que ...

El plazo del contrato es de un año. a prorrogar a 5 años.Dicha prórroga no tendrá lugar si la arrendataria así lo  notifica por escrito a la arrendadora, con al menos días de antelación, al plazo pactado o de cualquiera de sus prórrogas legales

Esto quiere decir que no puedo dejarlo antes del año?? y estoy obligada a estar con el por ese tiempo??

  • Preguntado por: Patricia FJ
  • Hace 11 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    El ipc será en Diciembre de cada uño, o sea el próximo en diciembre de 2013, y lo podrás calcular tu misma llegado el momento en este enalce

    http://www.ine.es/calcula/

    Siempre que las partes firmantes estén deacuerdo, se pueden modificar o añadir cláusulas, si no se ha firmado aún reescribiendolo, y si se ha firmado añadiendo anexos. En este caso puedes pactar una penalización de X meses (lo normal 1 o 2) por incumplimiento de contrato por tu parte, o bien que no haya penalización siempre y cuando se avise con 2-3 meses de antelación.

  • Patricia FJ

    inquilino/a

    Se puede cambiar? el arrendatario me comento que si tengo dudas o quiero poner alguna clausula lo diga.

    Tambien tengo dudas con la subida del IPC si firmamos en diciembre de este año la subida no sera hasta el prox diciembre del año 2013 no en Enero de 2013 a cambio de año verdad?

     

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Exactamente.

    El contrato es de un año, no lo puedes abandonar antes, si lo haces incurririas en un incumplimiento de contrato. A partir del año, las prorrogas son anuales, con lo que solo lo puedes abandonar en cada cumpleaños del contrato y con el preaviso de 30 dias. A los 5 años, la parte arrendadora, tiene el mismo poder que tu para decidir la prorroga.

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