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PatriciaDuran

inquilino/a

Duda con mi Contrato de 11 meses prorrogable a 5 años y 2 fianzas.

Buenos dias, acabo de firmar mi contrato (11 meses prorroglabes hasta 5 años) y le he dado al arrendador 2 meses de fianza, como uno bien sabe, despues de todo, te ponen unos contratos tan retorcidos que te dan mil vueltas a la cabeza y llego a pensar de todo.

Primero y principal, yo tengo que cumplir mi año y si no es así, me pueden quitar las dos fianzas ¿No es cierto? ahora bien, si yo hago el año, pero me quiero ir en el segundo año a mediados (avisando con un mes de antelación), pongamosle, ¿se puede quedar con las dos fianzas? O esto solo cuenta el primer año, y los demás son prorroglables porque yo quiero? Lo digo porque como se renueva a otro año más automaticamente no se si es un año mas "obligado"...

  • Preguntado por: PatriciaDuran
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
Eduardo Llarena ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Solo se me ocurre que eso es lo que tiene el 'copia y pega', se transmite una clausula absurda y carente de sentido.

    Solo me queda decirles que en mi blog tengo tartados esos temas con gran amplitud http://www.pedrohernandezabogado.com/ y si prefieren una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   pueden hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • PatriciaDuran

    inquilino/a

    Exactamente el mío pone eso mismo.

    :)

  • antoniojesus

    inquilino/a

    Mi contrato en ese punto cita asi:

    # el presente contrato tendrá Una duración de 11 meses, ambas partes conocen la obligación por parte del arrendador de prorrogar su vigencia hasta un mínimo de cinco años desde el 31 de Marzo 2012, fecha firma del contrato.

    . Lo firmé ayer 28/03.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Lo que no entiendo es lo de los 11 meses, habría que examinar ese contrato, ya que según parece el primer plazo que debe cumplir es de sólo 11 meses, a partir de ahí tiene dos opciones: a) Continuar un año mas b) Darlo por terminado, así cada año. Lo que no puede hacer unilateralmente es marcharse a mediados de una anualidad.

    las fianzas son para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones: Pagar el alquiler y conservar la vivienda. Sin embargo el dueño puede conservarlas en su poder al término del arriendo en concepto de indemnización si vd ha incumplido los plazos conforme se explica mas arriba.

     

    http://www.pedrohernandezabogado.com/

    llame al 807 520 008  Para consultarme directamente. Precio llamada: (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)

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    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Se renuevan todas las obligaciones año a año; así que si usted incumple el contrato el segundo año tendrá que pagar los meses que falten o perder la fianza, según se haya dispuesto en el contrato.

    ¿No cree que sería mejor consultar con un abogado antes de haber firmado el contrato, para saber a qué se comprometía?  Le planteo esta reflexión desde el respeto; es que me frustra que me pregunten cuando ya no tiene remedio.

    www.asistencialegal.net

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