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A principios de enero se le devuelve el piso alquilado al arrendatario y según el contrato que hemos firmado con anterioridad mis 2 compañeros y yo, esté debía de haber devuelto en el plazo de un mes, el deposito que se le fue dado al realizar el contrato, dicho déposito consistia en 2 meses de renta. Hasta el momento el arrendatario no contesta mails, ni telefóno y hemos planteado la situación de denunciarlo por incumplimiento del contrato, del que además cobro 500 euros y esto sin firma de abogado, realizado por él que es propietario y administrador de una empresa que administra fincas.
Gracias a todos, al casero y administrador (que son la misma persona) se le envio el burofax con un mes de anticipación, además se le entregaron las llaves y el piso y, firmamos una entrega del mismo donde anoto además los datos de los contadores de luz y gas. Además en el contrato no estaba estipulado tener un año de arrendamiento para poder dar por terminado el mismo. Ya hemos procedido a enviarle el burofax como ultimo recurso previo al proceso de reclamación por juzgado.
En cualquier caso, si no consta la notificaciion, que podria ser que no se hubiese hecho en el domicilio a fectos de notificaciones del contrato, sigopensando que el contrato sigue vigente y que ademas de no devolver la fianza es muy posible encontrarse con una demanda en reclamacion de rentas.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
" realizado por él que es propietario y administrador de una empresa que administra fincas "
En este caso sí que es parte el administrador.
Pasados los 30 días desde la entrega de llaves puedes acudir al juzgado e interponer un juicio monitorio reclamando la fianza y los intereses devengados. Para este tipo de juicio no necesitas ni abogado ni procurador, aunque no estaría de más que te asesorase alguien y te ayudase a rellenar los formularios.
Titamar Lo que me imaginaba,no has cumplido con los pasos obligatorios que un inquilino debe recorrer de forma ineludible:
Estar al día con todos los pagos
No usar la fianza como pago de ningún mes
Avisar al casero de forma fehaciente 30 días antes de irse,como mínimo
Sólamente se puede dejar el alquiler en los cumpleaños del contrato
Hay que firmar el documento de entrega de llaves,en el que se debe evitar que se anoten desperfectos.Una vez hecho todos estos pasos ,el casero dispone de 30 días para la devolución de la fianza,descontado los diferentes consumos.
Habla con tu CASERO y trata de averiguar los motivos que dice tener para la no devolución,no vaya a ser que encima os demande por el resto de meses que os falten para el año completo,o que incluso,como ya te han dicho,el contrato sigua activo.Yo iría buscando un buen abogado especialista en alquileres de tu zona y seguiría sus consejos,incluso ,puedes consultar con Uno del foro por poco dinero para ver tus verdaderas posibilidades
Hola Titamar:
Coincido con la respuesta de mi compañero Pedro.
Reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
Un burofax al administrador de fincas no es en modo alguno una notificacion fehaciente al arrendador, por lo que a juicio del mismo, el contrato podria seguir vigente.
el administrador no es parte y nada tiene que ver con el contrato.
solo un abogado puede determinar si procede o no reclamar la fianza.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Pues se cumplio con lo establecido en el contrato, se le aviso con un mes de anticipación que dejabamos el piso, además como el casero no respondia a la llamada telefonica de aviso, se le envio un burofax a la oficina de la administración de fincas.
Por lo que veo hay que denunciarlo a un juzgado y contratar a un abogado. Pero quiero saber si antes de llegar a un juzgado habrá un lugar que regule a las administraciones de fincas en barcelona.
Gracias
Titamar Cuando dices arrendatario ,debe de ser arrendador o casero ,ya que arrendatario o inquilino eres tu.
¿hablas de contrato temporal? ¿habeis cumplido con el tiempo y la forma de iros? ¿qué alega el casero por la no devolución? Aclara algo más
donde denunciar, en los juzgados, pero antes, acude a un abogado.