Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
El día 30 de abril me cumple el primer año de contrato. Tengo los pagos al día y quiero irme. ¿Cómo lo hago?
Ahhh y si todo esta correcto, no tiene obligación de devolverte la fianza ese mismo día, la ley establece un plazo de 30 días para devolverla y asi poder estar seguros de que no hay recibos de suministros pendientes de pagar.
A lo más tardar el 30 de marzo enviele a la propiedad un burofax comunicandole que el día 30 de abril no desea que el contrato se reneve.
Sobre todo el día 30 de abril queda en el piso con la propiedad para entregar las llaves y firmar el documento de fin de contrato.
Pues en principio no hay más problema que pactar la resolución del contrato con el propietario. Hay que ver si han pactado un preaviso para resolver el contrato (la LAU establece uno mínimo de 30 días). Cumpliendo el primer año y avisando con el plazo pactado en contrato, sólo quedará entregar las llaves y devolver la fianza (si no hay desperfectos).