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Luis

inquilino/a

Devolución fianza
Hola, he tenido problemas con mi casero y me quiero ir del piso antes de tiempo. En el contrato de arrendamiento se acordó una fianza equivalente a dos mensualidades. Así mismo, se estipuló que la duración mínima del alquiler sería un año, sin embargo con opción dejar el piso a partir del sexto mes, avisando con un mes de antelación. En este caso, en vez de devolverme la totalidad de la fianza, únicamente me devuelve una mensualidad. Quería saber si el devolver parte de la fianza está ajustado a derecho. Ya que, según tengo entendido, la fianza es para cubrir posibles gastos y arreglos que deban hacerse en el piso. Si está todo pagado y no hay que hacer ningún arreglo, ¿puede aún así quedarse con la mitad de la fianza? Muchas gracias.
  • Preguntado por: Luis
  • Hace 7 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Nube ha sido el primero en contestar
  • Nube

    inquilino/a

    No puede quedarse con la mitad de la fianza si está todo pagado y no hay ningún desperfecto. La única penalización que puede existir es por desistimiento anticipado y sólo si así se recoge en el contrato, y sería como máximo de 1 mes de renta por año incumplido. Si te marchas después del sexto mes sería como mucho medio mes de renta... ¿Firmasteis documento de finalización de contrato donde se recoja que no queda nada pendiente? Porque con ello podrías reclamar la parte de fianza que te adeuda.
    • Respondido por: Nube
    • Hace 7 años
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