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19861

inquilino/a

Devolución de Fianza por no quedarme en el piso un año

He dejado el piso de alquiler en el que entre el 01/06/10, el contrato pone:

El plazo estipulado para el contrato es del 01/06/10 al 31/05/11, pudiendo prorrogarse hasta 4 años.

Entregue una fianza simplemente por si habia desperfectos en el piso.

No tengo ninguna clausula en mi contrato en el que diga que tengo que esta un minimo de un año en el piso.

Puede el propietario quedarse con mi fianza, si solo he estado 6 meses viviendo en el y lo he dejado en perfectas condiciones.

  • Preguntado por: 19861
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Lo más parecido a una definición del propósito de la fianza, le he encontrado en el art. 36-5 de la LAU:

    "garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias"

     

    Y una de las obligaciones arrendaticias, es cumplir el plazo pactado en el contrato... ¡digo yo!

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    tu estas incumpliendo el contrato eso es obvio, pero la fianza esta para cubrir desperfectos y no para que se la quede por cualquier otro motivo...lo mejor es hablar y llegar a un acuerdo con el casero...respecto a que podria demandarte es cierto, otra cosa es que lo haga y que después le den la razón y te condenen a todo lo que te han dicho.

    pero vamos, que te repito que es mejor negociar y recuerda si diste 2 ó 3 meses de fianza, no es correcto, la fianza sólo es un mes

  • 19861

    inquilino/a

    Entiendo que el propietario se quede con la fianza, si esta estipulado en el contrato. Por otra parte, en el contrato no hay ninguna clausula que diga que le tengo que indemnizar en el caso de que no cumpla el contrato.

    Ademas mi casero no ha ingresado la fianza, ni el contrato esta sellado, y a mas cada mes le he pagado en mano, esto quiere decir que no ha legalizado nada. Puedo yo tambien aremeter judicialmente contra el, ya que el contador de luz esta a mi nombre, y yo si puedo certificar que le he pagado cada mes y que he vivido en su piso.

    • Respondido por: 19861
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Aunque no haya ninguna cláusula, el contrato tiene un plazo estipulado, y ese plazo, es de obligado cumplimiento para ambos (los contratos se firman para asegurarse de que la otra parte cumple lo que se pacta)

    Si el propietario se conforma con quedarse con la fianza, tiene usted suerte.

     

    Podría demandarle por incumplimiento de contrato, y, en ese caso, sería usted condenado con toda probabilidad a pagar las costas del juicio y la renta de los meses que se tardara en volver a alquilar el piso por el mismo plazo y renta que la estipulada en su contrato.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler.

     

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