¿Se puede pedir la devolucion del aval o de la fianza antes que termine el contrato?
Cuando hace tres años alquilamos el piso veníamos del extranjero y no teníamos contratos fijos. Nos han pedido un aval de 2.600,- Euros, una fianza de la misma cantidad y otra de 1.700,- Euros. Todos los tres años pagabamos puntualmente y tenemos contratos indefinidos. Ahora quiero saber, si el propietario nos puede devolver o una de las fianzas o el aval sin que termine el cotrato.
Lo siento, pero no puedes pedir la devolución del aval ni de la fianza porque es algo que el casero negoció contigo y que tú aceptaste. La fianza de un mes de alquiler es algo que pide todo el mundo y que está establecido legalmente en el artículo 36.1 de la LAU de 1994: "A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico, en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda." Esta fianza no se devuelve hasta el fin del alquiler, en el momento de entrega de llaves del piso y cuando se comprueba el buen estado de la vivienda y que no dejáis deudas pendientes de suministros de gas, agua, luz ... o cualquier otra cosa. El casero tiene un mes de plazo desde la entrega de la llaves para devolverte la fianza o, si no te la devuelve o te devuelve sólo parte, justificarte con recibos los gastos que te descuenta de la fianza. Si se pasa de este mes de plazo, tú le puedes exigir los intereses legales de demora sobre la devolución de la fianza.
Con el resto de garantías que te pidió, quizá sí que pudieras negociar que te las devolviera o, al menos parte de ellas, porque cuando te las pidió se justificaba por tu inseguridad laboral pero ahora has demostrado tu seriedad y también cuentas con una seguridad laboral. Si el casero es listo y quiere seguir teniendo unos inquilinos responsables estoy segura de que aceptará algún pacto contigo. No obstante, no está obligado a hacerlo porque tú aceptaste sus condiciones cuando firmaste el contrato. También te hago hincapié en que el casero sólo puede pedirte un mes de alquiler en concepto de fianza y el resto del dinero que entregaste en metálico o en aval, debe ser considerado como una garantía adicional.
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