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Buenas noches:
Tengo una duda respecto a la fianza del IVIMA. El caso es que nuestra casera depositó los dos meses de fianza en dicha entidad, y debido a los problemas que estamos teniendo con esta persona tememos que no se nos devuelva la fianza si no se hace justo en el momento que nos vayamos a marchar del piso.
¿El IVIMA solo te puede dar la fianza una vez terminado el contrato? ¿La casera tiene obligación de darnos la fianza justo al irnos o tiene un margen?
Muchas gracias, la verdad que nos sentimos totalmente desprotegidos con esta señora.
Sólo hay obligación de ingresar en el I V I M A un mes de fianza. El otro lo guarda la casera.
El I V I M A devuelve la fianza unos 30 días después de que se solicita. Ese es el plazo que tiene el casero.
Yo normalmente la solicito en cuanto el inquilino me comunica por escrito que se va a ir, con lo que si no la recbo el mismo día del fin del contrato, la tengo a los pocos días.
Y la otra mitad, la que yo guardo, la devuelvo el día del fin del contrato.
Saludos. Papeleos - Alquiler