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nika69

inquilino/a

Después de varios intentos, me es imposible empadronarme en el piso que alquilé.

Porque el propietario y su familia viven en una casa declarada como almacén.

Para alquilar pagué 300 euros de fianza, 300 de agencia y 150 de medio mes de reserva. Mi única opción es irme a otro piso.

Puedo pedir que me devuelvan todo el dinero depositado por incumplimiento de contrato por parte del propietario? En el contrato dice que la vivienda está libre de ocupantes.

Tengo derecho a alguna clase de indemnización?

Tengo conmigo tres hijos menores, al no empadronarme tengo problemas con el colegio, medicos etc, pues vivia en Barcelona y ahora en Alicante.

¿Es denunciable y me merece la pena si mi contrato es de un año?

El propietario es un sinvergüenza que me va dando largas.

  • Preguntado por: nika69
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Nika, recordarle que ese contrato se prorroga por anualidades, y hasta el quinto cumpleaños decide usted si sigue o no, sin necesidad de firmar nada más.

    Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola nika:

    la casa está libre de ocupantes, pues cuando se arrendó nadie habitaba en ella con o sin justo título.

    en cuanto al problema del empadronamiento le sugiero que solicite el Volante de empadronamiento en la misma oficina.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Solamente puedo recordarle que en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar  obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.

     En http://www.pedrohernandezabogado.com/   estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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