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¿Puedo desistir del contrato firmado el 1 Sep que entra en vigor el 15 Sep, habiendo entregado un mes de fianza y la mitad de renta por los 15 dias de Sep, y cuáles podrían ser los motivos? Porque en mi caso el mayor motivo es que me he quedado en desempleo.
Tendrás que planteárselo al propietario y llegar a un acuerdo, porque los contratos deben ser cumplidos en sus propios términos. Si abandonas por tu cuenta, él podrá reclamarte al menos el importe de las mensualidades que transcurran hasta que consiga un nuevo alquiler (es lo que vienen sentenciando los tribunales en estos casos), a no ser que el contrato prevea otra solución, cosa que no se suele hacer.
Si no fuera por "ese motivo" tan especial te habría contestado
Art. 1254
El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.
y
Art. 1256
La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.
Pero dadas tus circunstancias especiales (si puedes probar que te has quedado en paro y que con lo que ahora cobras no podrás afrontar el pago de la renta) no creo que tu arrendador desee demandarte y arriesgarse a que el juez, te permita desistir sin más .
Tampoco tú querrás ir a juicio y arriesgarte a que el juez te condene a pagar hasta que el piso vuelva a alquilarse...más las costas...
Habla con tu arrendador cuanto antes y ayúdale a buscar a otro inquilino, o llega a un arreglo con él.
Así no habría por qué ir a juicio ya que nadie saldría perjudicado...
Saludos - Papeleos Alquiler