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Youssef

inquilino/a

Desestimiento del contrato de alquiler. Hay una clausula rara...
Buenos días,  Estoy de alquiler en un piso y en mi contrato existe esta clausula: Clausula Cuarta: El plazo de duración del presente contrato se establece, de mutuo acuerdo entre las partes, en un año desde el momento de la entrada en vigor del presente documento. llegado el día de vencimiento, se se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración total de tres años,  salvo que el arrendatario manifieste con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de la terminación del contrato o de la prórroga anual correspondiente,  su voluntad de no renovarlo, fecha limite en la que el arrendatario entregará las llaves de la vivienda, garaje y trastero a la arrendadora. El arrendatario podrá desistir del contrato una vez que se haya transcurrido al menos seis meses desde su entrada en vigor,  siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. En caso de desistimiento, las partes acuerdan que el arrendatario indemnizará al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad  de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los periodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la pare proporcional de la indemnización.
Tengo dos préguntas:   1. Si a 30 días de finalizar la primera o segunda anualidad aviso de que no quiero renovar por una tercera, ¿ Tengo que pagar alguna indemnización al arrendador? 2. Si pasado los 6 primero meses del contrato, y decido que no quiero seguir, a parte del aviso, ¿tendría que pagarle la parte proporcional a los 6 meses restantes de una mensualidad, o tengo que pagar además de eso dos mensualidades por los dos años restantes? Muchas gracias de antemano por vuestras respuestas.
Saludos.
  • Preguntado por: Youssef
  • Hace 8 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Te aconsejo que leas esta entrada: http://blog.desalvador.es/arrendamientos/indemnizacion-desistimiento/ 

    Un saludo, www.desalvador.es
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    si. Lo decía porque a veces el plazo inicial es más largo... y el irse a los seis meses supone una indemnización mayor.
  • Youssef

    inquilino/a

    Hola Amparo, Muchas gracias por tu respuesta. cuando dices que:  CONTESTO SUPONIENDO QUE LA FECHA DE DURACIÓN INICIAL PACTADA DEL CONTRATO ES UN AÑO.  
    < El plazo de duración del presente contrato se establece, de mutuo acuerdo entre las partes, en un año desde el momento de la entrada en vigor del presente documento. llegado el día de vencimiento, est se prorrogarà obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración total de tres años>>
    Esto quiere decir que el punto de partida es una duración de un año q ue luego se irá renovando hasta llegar a los 3 años, no?.
    Muchas gracias de nuevo.
    • Respondido por: Youssef
    • Hace 8 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    CONTESTO SUPONIENDO QUE LA FECHA DE DURACIÓN INICIAL PACTADA DEL CONTRATO ES UN AÑO.
     * si a 30 días de finalizar la primera o segunda anualidad aviso de que no quiero renovar por una tercera, ¿ Tengo que pagar alguna indemnización al arrendador? 
    NO
    * Si pasado los 6 primero meses del contrato, y decido que no quiero seguir, a parte del aviso, ¿tendría que pagarle la parte proporcional a los 6 meses restantes de una mensualidad, o tengo que pagar además de eso dos mensualidades por los dos años restantes? 

    TENDRÍA QUE PAGAR MEDIO MES DE RENTA DE INDEMNIZACIÓN
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