Sara la dueña no puede desalojarla, eso solo lo puede ordenar un juez. La dueña podrá comunicarle que interrumpe la prórroga de ese contrato por necesidad y ello si se lo permite la ley, como le han indicado, para saber si puede o no hacerlo hay que leer ese contrato.
Para ampliar más o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
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