Buenos días,
Lo habitual es llegar a un acuerdo en el que se establezca un calendario de pagos, y mientras que se respete el mismo, no se procedería a reclamar judicialmente.
El problema es que, tal como le han dicho, dicho acuerdo depende de la voluntad de ambas partes y por lo tanto también del arrendatario.
Un saludo
PdC Sociedad Inmobiliaria