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Tengo un contrato de alquiler de un año, pero yo hice incapié en poner una clasula que indicaba que pasados los 6 meses se podría abandonar la vivienda sin pagar indemnización siempre y cuando fuera por motivos laborables justificados.
A los 5 meses y medio me despiden de mi trabajo y me quedo en el paro, y al 9 mes comunico que he de dejar la vivienda por que me ha salido un trabajo en otra ciudad.
Ahora el arrendatario me dice que no me devuelve la fianza, es esto legal?
Saludos!
Hola pedro inquilino:
coincido con la respuesta de mi compañero pedro martinez.
reciba un cordial saludo
En principio si te da permiso dicha cláusula para abandonar la vivienda, pero hay que ver el contrato en su totalidad para poder asegurarlo.
Sin entrar en el contenido del clausulado, que por cierto no puede estar peor redactado, habría que ver en que forma has notificado y el contenido de esa notificación. Tambien habria que estudiar en contrato en su totalidad pues parece que contiene una posibilidad de desistir genérica.
Coge toda tu documentacion y a un abogado.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
El contrato dice esto:
-el contrato se formalizara antes del día 15 de noviembre de 2012 y entrara en vigor a partir del día de la firma del contrato. El contrato será por un año (1) , con una estancia mínima de seis (6) meses.
y tiene esta clausula:
-el inquilino podrá abandonar la vivienda pasados los 6 meses siempre que sea por motivos laborales justificables.
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yo tengo perfectamente documentado mi despido de mi empresa en el mes 5 de contrato, aún así aguante en el piso y El mes noveno pedí la baja del alquiler por que me salió trabajo en otra ciudad.
muchas gracias!