El sitio donde se debe depositar la fianza de un piso en alquiler en Cataluña es el Incasol (Institut Català del Sol):
http://www15.gencat.cat/opencms/opencms/www/ca/index.htmlY la fianza debe ascender a sólo un mes de alquiler. Lee bien tu contrato, si está bien redactado deberá decir que la fianza asciende a un mes. El otro mes debe constar como garantía adicional. La LAU de 1994 dice bien claramente que sólo se puede pedir un mes como fianza y también otorga el derecho al casero a pedir una garantía adicional a la fianza que, normalmente, es un aval personal o bancario.
Debes exigirle al casero que deposite la fianza y, si consta que los dos meses son en concepto de fianza, debes indicarle que sólo te puede pedir uno y que, por tanto, el segundo mes puede considerarse como pago anticipado de alguna mensualidad.