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montse boque

inquilino/a

¿Puedo exigir a mi propietario que deposite la fianza en la cámara de la propiedad o el Incasol?
¿Y si no lo hace? Le entregué al propietario de mi piso la fianza de 2 meses. No tengo ningún comprobante de que ese dinero esté depositado en la cámara de la propiedad, así es que tengo la indeguridad que al irme del piso, me la devuelva. En el contrato rige que no se podrá hacer uso de ella para pago del alquiler, entonces, ¿puedo exigir que la deposite en la cámara? ¿y si no lo hace, qué puedo hacer?
  • Preguntado por: montse boque
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Alberto ha sido el primero en contestar
  • Alberto

    Alberto

    inquilino/a

    El sitio donde se debe depositar la fianza de un piso en alquiler en Cataluña es el Incasol (Institut Català del Sol): http://www15.gencat.cat/opencms/opencms/www/ca/index.html

    Y la fianza debe ascender a sólo un mes de alquiler. Lee bien tu contrato, si está bien redactado deberá decir que la fianza asciende a un mes. El otro mes debe constar como garantía adicional. La LAU de 1994 dice bien claramente que sólo se puede pedir un mes como fianza y también otorga el derecho al casero a pedir una garantía adicional a la fianza que, normalmente, es un aval personal o bancario.

    Debes exigirle al casero que deposite la fianza y, si consta que los dos meses son en concepto de fianza, debes indicarle que sólo te puede pedir uno y que, por tanto, el segundo mes puede considerarse como pago anticipado de alguna mensualidad.
    • Respondido por: Alberto
    • Hace 15 años
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