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Sonia_

inquilino/a

¿Depósito o aval bancario para alquiler?

Hola, quiero alquilar un piso y el arrendatario (una constructora de un cierto banco, pero vía inmobiliaria) me exige aval bancario por valor de 4 meses o depósito. Hoy en día el coste del aval es dificilmente compensable con la adscripción del aval a un producto bancario, con lo que me planteo el depósito. Ahora bien, no sé todavía la duración del aval, si sólo es un año no es tanto dinero, pero si es indefinido es una pasta. Sin embargo, sobre el deposito, ¿qué garantías tengo yo de que me lo devuelvan? ¿no deja de ser como el aval pero con menor garantía de devolución al no ser una entidad financiera?

¿Qué me aconsejáis ante la disyuntiva?

PD: Luego la gente se queja de porque no se alquila en España.

  • Preguntado por: Sonia_
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
  • Sonia_

    inquilino/a

    Gracias Eduardo.

    A priori es fiable, por estar respaldada por un banco, pero bueno nunca se sabe.

     

    Otra cosa que se me olvido preguntar es, si abono ese deposito, pero al cabo de 6 meses debo abandonar el inmueble, ..., ¿podría el propietario cobrarse el deposito (y fianza) en forma de compensación por no cumplir con el año de contrato?

    • Respondido por: Sonia_
    • Hace 14 años
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Para usted será más barato el depósito, pero si la inmobiliaria quiebra también será más difícil de recuperar. Si la inmobiliaria le merece mucha confianza opte por el depósito.

    www.asistencialegal.net

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