Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
A dia de hoy el piso sigue vacío ¿puedo demandar al propietario?
Mira mari lolis, no deseo a nadie lo que pasé despues de recibir el burofax, tuve dias de tener 20 llamadas de teléfono para ver si había encontrado piso, mi mudanza no solo fué hacer maletas, todos los muebles eran míos de un pioso de tres habitaciones, y en octubre tenía unas oposiciones muy importantes para mi profesion, como comprenderas despues de tanto estres con tanto acoso del propietario, creo que ahora es mi turno y que sepa todo lo que me hizo pasar, y que caray él fué el primero en no cumplir la ley, que por cierto es para todos igual.
Hola:
Independientemente de la duración inicial del contrato o, incluso, de la fecha de comunicación del burofax - si esta fue anterior al cumplimiento del 8º año -, la causa alegada por el arrendador no es ajustada a derecho, pues hace 7 años el artículo 9 no contemplaba la necesidad de vivienda para descendientes del arrendador.
Reciban un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
sólo por curiosidad ¿qué ganaras con pleitear esto? juro que no voy con segundas...realmente quiero saberlo...porque los abogados son caros y la ganacia no la veo por ningun lado.
claro, el octavo año lo cumplía en octubre de este año pero en el burofax me comunicó que lo necesitaba su hija y por eso me fuí, pero el piso sigue vacio y tenia que haberlo ocupado en tres meses, yo creo que me tiraré a la piscina.Gracias a todos y feliz verano
100% de acuerdo con amparo, solo se establecen 2 ventanas de salida para el casero, quinto y octavo aniversario.
(bueno, y a partir del 8, cada mes o cada año en funcion del contrato).
pablo.
Albert Fisher. ¿por qué dice usted que se rescinde al 7º año? el propietario no puede "rescindir" más que en el 5º y el 8º año.
En primer lugar hay que saber el plazo de duración pactado en el contrato de alquiler. Luego hay que ver como fue la comunicación de la rescisión del contrato y el motivo argumentado por la propietaria.
Podrías reclamar la continuación del arrendamiento si no hubieran transcurrido los 5 primeros años del contrato. Desde mi punto de vista, al haber transcurrido ya 7 años, el contrato se rescinde al cumplir el 7 año si se realiza la comunicación dentro de plazo.
Hola charo:
coincido con la respuesta de la Sra Amparo.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Yo creo que sí que le vale la pena...
Por dos cosas, por lo que tiene que ganar... y por poner a los indeseables en su sitio...
Acude a un abogado experto en arrendamientos muéstrale el burofax y el finiquito del contrato... Y salvo que él diga lo contrario... Yo me tiraría a la piscina.
Saludos - Papeleos Alquiler.
tengo el burofax que me envió para dejarlo en un més, en el contrato había una cláusula de necesidad para los hijos
tengo el burofax que me mandó para que me fuera en un més, en el contrato habia una clausula de necesidad para los hijos
Tienes documentación o algo que acredite que te el propietario lo pidió para tal efecto?
sino, seria algo muy vacio.
que pone en el documento de finalización de contrato?
pablo.