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hola hace 6 meses instale unos radiadores en un piso que estaba de alquiler, pero ahora nos vamos del piso, la pregunta es si los radiadores que nosotros pagamos (solo radiadores, la preinstalacion de tubos ya estaba hecha) los tengo que dejar o me los puede llevar?
En el contrato hay una clausula que pone que las obras realizadas por la arrendataria en este caso yo, en la finca quedaran en beneficio de la arrendadora a terminacion del arrendamiento, obligándose la arrendataria a entregar la finca a la arrendadora en adecuado estado de conservación, salvo el desgaste por el uso ordinario y sin derecho de la arrendataria a indemnizacion por ellas.
La pregunta es si esta clausula incluye los radiadores como obra?
Esperamos respuesta.
GRACIAS.
No se considera obra si como dice Mari Lolis los puedes quitar sin dejar marcas o desperfectos en las paredes, dejándolas tal como estaban al entregarte la vivienda.
son tuyos y puedes llevartelos puesto que no es una obra.
Eso si, cuando los quites, deja de nuevo bien la pared o se considerará que no lo entregas en buen estado.