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Tengo un contrato de alquiler por un año pero me quede sin trabajo y no puedo seguir pagando. ¿puedo dejar el piso? Prefiero dejar el piso antes que no poder seguir pagando. Gracias
Si, pero solo si la fecha del contrato es posterior al 6 de junio de 2013.
En ese caso deberas notificarle al arrendador tu decision de desistir del contrato con 30 dias de antelacion, pero de forma fehaciente, nada de llamadas ni mensajes. Es decir, si le notificas mañana, por ejemplo, tendras que pagar el mes de febrero y tambien podras disfrutrarlo, pero deberas abandonar la vivienda al termino de esa mensualidad.
Tendras que indemnizar a tu casero solo si asi lo establece tu contrato y con un maximo de media mensualidad.
Tendras igualmente derecho a recibir tu fianza, pero para ello deberas asegurarte de firmar un documento con el casero donde se ponga fin al contrato, se entreguen las llaves y se revise el estado de la vivienda, sus desperfectos y los suministros pendientes. Solo lo que se refleje en ese documento podra deducir el casero del importe de tu fianza.
La fianza no puede compensarse con ninguna mensualidad y el plazo para devolverla es de un mes desde la finalizacion del contrato.
Pedro Martínez
Abogado
Todo dedende de la fecha de firma del contrato del alquiler y de las cláusulas del mismo.
Si el contrato se firmó con el cambio en la nueva ley de alquilar si lo puede dejar pero cumpliendo los requisitos que esta determina.