1.- Si el piso constituye su vivienda habitual tiene derecho a permanecer 5 años se venda o no.
2.- No tiene obligación alguna de dejar entrar en su domicilio a nadie, salvo que venga con mandamiento judicial.
3.- Le recomiendo lea mi post sobre la opción de compra:
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/10/el-arrendamiento-con-opcin-de-compra.html