La obligación de pago le corresponde al inquilino, por lo que del mismo es la responsabilidad de pagarlo. Si le han dejado de pasar los recibos, se encuentra en falta de pago y con ello se puede iniciar el procedimiento de desahucio.
Por dicho motivo debe proceder a ofrecer la renta al arrendador por medio de giro postal, por ejemplo, y en caso de devolución proceder a la consignación judicial de la misma.
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