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Alquilo piso en una finca donde la mayoria de las personas son dueños de sus pisos. Yo soy inquilina, vivo sola con mi bebe de 4 meses. Vivo en el ático (septima planta). Aparamente decidieron a la unanimidad de cerrar la puerta de la calle a partir de las 20h30 con lo cual no se puede usar el interfono, hay que bajar para abrir la puerta. 20h30 es tempranísimo en un país donde la cena es a las 21h00/22h00 horas. Aquella decisión es incómoda (cómo hago con mi bebito en la cama cuando tengo visitas??) y me parece incluso peligrosa (en caso de incendio, acidente, urgencia medica)? tengo algún recurso para que la decision cambie?
Habla con el administrador de la finca y comunícale que la normativa municipal ANTINCENDIOS (de Madrid, desconozco resto de poblaciones) PROHIBE este tipo de actuaciones.
Por lo tanto ese acuerdo de la Junta es nulo por ir en contra de una normativa.
Si no entran en razones, tendrás que poner una denuncia en el ayuntamiento correspondiente adjuntando una copia del Acta de la Junta en la que se llgó a ese acuerdo.