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Buenos dias,
tengo unos inquilinos, que marcharon en fecha 10 de Diciembre de 2013. Me deben 3 meses de alquiler y casi 350 euros de agua.
con el tema de la luz (que debian casi 600 euros) se lo van a reclamar a ellos. En el caso de la aguas, no. El titular soy yo y el estaba como inquilino. Por lo tanto, si debe algo el inquilino, lo tengo que asumir yo.
es decir, no hay protección para el propietario del piso. Si el inquilino debe algo de agua, lo tiene que asumir el propietario.
que puedo hacer? Tengo un laudo arbrital donde se dice que el que lo tiene que pagar es el inquilino y no el propietario del piso.
gracias compañeros,
Hola lluis:
deberá ejecutar judicialmente el Laudo arbitral.
reciba un cordial saludo.