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He alquilado un piso de nueva construcción entre septiembre 2011 y junio 2012. Al día de hoy, el piso no está terminado del todo, falta la mampara de ducha, la tele, una cama del otro dormitorio, muebles de terraza, la nevera se ha estropeada y llevo tres semanas para que pongan la nueva, el ascensor no se pone en funcionamiento, no se realizan servicios de limpieza en las zonas comunes ni en el garaje, arreglos de comunidad no se realizan incluso con aviso (cerradura del portal no cierra siempre, alarma de humos en el garaje ha saltado y no se resetea),. Llevo ya casi un 30% del periodo de alquiler en el piso y ya estoy cansado de un bloque fantasma y de un piso minimalista con sorpresas. ¿Son razones suficientes para disolver el contrato con un preaviso de 30 días?
Lo que puedes hacer es llegar a un acuerdo con el arrendador, intentando hacer fuerza con el hecho de que o se llega a un acuerdo o irás a los tribunales a pedir daños y perjuicios, la resolución del contrato y la indemnización de los gastos q esto te ocasione.
Creo q con eso quizá la otra parte se advenga a un acuerdo y te permita rescindir el contrato
germán, tu no puedes rescindir el contrato. Tendrás que demandar judicialmente la resolucion (solo un juez puede rescindir un contrato si no hay acuerdo entre las partes) lo que conlleva un proceso de varios meses y gastos de abogados.
Si finalmente el juez te da la razón podrás irte del piso y reclamar los gastos judiciales.
Hola Jan,
entiendo que al incumplir con algunas obligaciones esenciales sí que puedo desolver el contrato (mejor con el consenso del arrendador), eso al menos ha dicho Josep, verdad?
Gracias
Hola german:
no ha entendido correctamente la respuesta de mi compañero josep. El plazo de 30 días de antelación a Junio de 2012 es para que usted pueda comunicar su voluntad de no prorrogar el contrato, pero habrá de estar en la vivienda hasta Junio de 2012
si usted comunica su intención de irse, por ejemplo, el 30 de Noviembre de 2011 con 30 días de antelación a la citada fecha, estará incumpliendo el contrato de arrendamiento.
le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Gracias Josep,
El caso es que quiero resolver el contrato ahora, entiendo bien que entonces le tengo que avisar 30 días antes. Lo que no quiero es esperar más tiempo, es decir hasta junio 2012.
gracias
Hola.
Entiendo que sí puede resolver el contrato, en función del incumplimiento de obligaciones por una de las partes, aunque los Tribunales han acordado que sólo es motivo de resolución el incumplimiento de las condiciones esneciales del contrato.
En su caso, puede instar un proceso judicial o esperar a junio de 2012. Con una antelación mínima de 30 días debe comunicar por escrito al arrendador su decisión de no renovarlo.