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Me hizo contrato de vivienda en folios (no timbrado) en el 2007 además d no haberme renovado el contrato desde el 2007, no puedo empadronarme pues no está hecho en papel timbrado. Cada vez k llueve ...por el bajante de un mini patio de luz me entra aguas fecales invadiendo toda la casa. Debido a ello se me han estropeado varios muebles y aparatos electrónicos. Se lava las manos culpando al ayt. por ello. El aytm. me ha dado copia del informe y me ha dicho k he de denunciarlo en la guardia civil. Mis hijas han enfermado al igual k yo debido a la continua humedad d la casa,la cual se niega a arreglar..y a todo esto no me da recibos cada vez k le pago...gracias espero temprana respuesta...
att:Natalia
1º.- Un contrato de vivienda habitual firmado en 2007 se prorroga automáticamente sin hacer nada durante 5 años.
2º.- El documento es válido aunque esté escrito en una servilleta, o sea verbal. Si es verbal lo difícil son las pruebas de cláusulas del contrato.
3º.- Lo de empadronarse me extraña. De hecho en miu comunbiudad con documentos privados sin justificación de depósito de fianza empadronan.
4º.- Vd. firmó recibir todo en debidaS CONDICIONES. Si así no fuera, debería haberlo comunbicado por burofax con acuse de recibo y certificación de texto a la mayor brevedad, al inicio de su estancia en el domicilio, si bien daños estructurales que hagan inhabitable la vivienda, debe comunicar por burofax con acuse de recibo dando un plazo al arrendador. Si no tuviera contestación podría demandar judicialmente e incluso soliucitar rescisión del contrato.
5º.- Esto debe ser judicialmente. Si acaba de detectar VICIOS OCULTOS (la palabra lo dice, es ahora cuando se detectan, no antes), tienen un plazo de SEIS MESES para demandar judicialmente.
6º.- En cuanto al pago sin recibir recibos,una vez sepa el importe ( va a la empresa suministradora y le dan copia de consumos e importe o espera a su notificación). Si tuviera problemas para conocer importes comubnique por burofax con acuse de recibo al arrendador diga importe facturas de suministros.
7ª.- Conocidos importes lo mejor para evitar que el arrendador denuncie por impagos es la CONSIGNACIÓN RENTAS en el juzgado.
saludos,
Se ha cortado...
Así que no hagas caso de lo que te he dicho arriba y no demandes al casero, que igual es peor el remedio que la enfermedad.
Aguarda al vencimiento del contrato y lárgate de ahí lo más rápido que puedas.
Es mi opinión.
Espera otras.
Natalia. El contrato sería perfectamente legal aunque estuviera escrito con boligrafo verde sobre una servilleta de papel. Nunca he leído en este foro, y créeme he leído posts, que alguien no pueda empadronarse por ese motivo.
Con respecto a las humedades de la vivienda:
El artículo 21-3 de la LAU te da una salida para este caso:
Comunícar fehacientemente a tu arrendador la existencia de esas humedades y añade que dada la grave incomodidad que te suponen es urgente acometer la reparación, y que al amparo del art. 21-3 de la LAU vas a proceder a repararlas a tu costa, y que en cuanto sepas a cuánto asciende y tengas las facturas, procederás a reclamarle los importes que hayas adelantado.
Cuando esté reparado, reclamas el importe (otra vez mediante burofax con certificación de contenido y acuse de recibo), y si no te lo paga al primer requerimiento, se lo reclamas judicialmente mediante juicio monitorio (no te hará falta abogado ni procurador) presentando como justificación, los dos burofaxes y las facturas de las reparaciones.
Otras opciones serían poner una demanda para reclamar bien que arregle las humedades, o la resolución del contrato, (lo que tu prefieras) pero entre que sale y no sale la demanda, se pasan varios meses en los que tendréis que seguir soportándolas, y casi mejor marcharse de ese piso y no tener nada más que ver con ese sujeto.
Lo peor de todo lo que has contado - aunque te parezca mentira - es lo de "no me da recibos cada vez que le pago"
Tú lo has puesto al final, pero es lo más importante. Si no tienes pruebas - testigos ajenos a tu familia o amigos - de que estás al día en los pagos, tu casero podrá demandarte en cuanto le apetezca, pedir las mensualidades impagadas que le apetecan, y encima tú serías condenada en costas.
No tener recibos de los pagos... ES COMO NO PAGAR. <...