Ese contrato es una chapuza total.
Al casero le vendría bien copiar 100 veces el
artículo 6 de la LAU.
Son nulas, y se tendrán por no puestas, las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario o subarrendatario las normas del presente Título, salvo los casos en que la propia norma expresamente lo autorice.Si es cierto que hay un abogado que está interesado en el piso y puede pagar más... pues igual al casero éste le puede caer una buena si tiene firmado un preacuerdo y el abogado descubre que el piso no estaba disponible. A lo mejor eso explica por qué el casero está tocando tanto las narices.