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allnana

inquilino/a

Contrato un año con penalización alquiler
Vuenas tardes, En mi contrato de alquiler pone q ue si no cumplo el año, estoy obligada a pagarle kas mensualidades que queden desde que me vaya. Eso es legal? Pague dos meses de fianza. Gracias
  • Preguntado por: allnana
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Buenas tardes, alllana:

    Habría que examinare su contrato para poder darle una respuesta más certera. Hecha la anterior advertencia, en caso de que usted decidiera desistir del contrato transcurridos los 6 primeros meses de vigencia del contrato no se aplicaría la cláusula que usted cita, sino la penalización establecida en el art 11 LAU 1994: " deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización."

    reciba un cordial saludo.



        http://letradosalquileres.es.tl
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    No, no es legal, si solo pone eso, al cumplir el sexto mes podrás abandonar la vivienda solo con el preaviso de 30 dias y sin penalización.
    La penalización a la que hace referencia Amparo, debe estar bien redactado para que haya que pagarla, y dudo que lo este.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si firmas un contrato por un año,  tienes que cumplir (o al menos pagar) un mínimo de seis meses. Y la indemnización máxima sería de media mensualidad. 
    Saludos  Papeleos Alquiler
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