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Alexem

inquilino/a

En el contrato pone que tengo que estar 2 años y me quiero ir antes porque me han subido 70 euros al mes. ¿Puedo?

En el contrato pone que tengo que estar dos años sino me penalizan con tres meses. Yo llebo un año viviendo y me han subido 70 euros mas al mes y no puedo pagar y me gustaria saber si me puedo ir sin penalizacion o tengo que estar el año que me queda.

 

Gracias espero su respuesta

  • Preguntado por: Alexem
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Es que en arrendamiento de vivienda no se cobra iva!

    si el contrato se hizo a primeros de abril de 2011, solo pueden subirte un 2% es decir, sobre la renta que mencionas, 675,92, la nueva renta sería 689,44 &Euro;

    Yo que tú llamaría a Pholmo para que te prepare un escrito legal contundente para tu casero.

    saludos - Papeleos Alquiler.

     

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    El arrendamiento de vivienda habitual no está sujeto a i. V. A.

     

  • Alexem

    inquilino/a

    Es una vivienda en españa

    para ser mas concreto: 675,92 alquiler mas 18,52 de ibi mas el 8 por ciento de iva total 750

    • Respondido por: Alexem
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si no es arrendamiento de vivienda, y por tu respuesta parece que no lo es (duración e IVA) , entonces si pueden subirte lo que esté pactado en el contrato.

    Y si piensas desistir, asegúrate de llegar a un acuerdo porque llegar a juicio puede costarte una pasta.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler.

  • Alexem

    inquilino/a

    Hola Amparo gracias por responderme.

    El precio del alquiler son 675,92 mas el iva total 750 euros el contrato se hizo en abril del 2011 ahora me han pasado una carta que dice que me van a subir a 834 con iva incluido.

    Nos queremos marchar porque con ese precio no llegamos a final de mes y el  contrato tiene una clausula que pone que tenemos que estar dos años, tengo que estar los dos  años o puedo irme antes

    • Respondido por: Alexem
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si estamos hablando de arrendamiento de vivienda en España, dudo mucho que puedan subirte 70 euros al mes. (¿Cuánto es la renta original y de qué fecha exacta es el contrato?)

    En arrendamiento de vivienda en España, durante los primeros 5 años, la renta solo puede actualizarse, al cumplir la anualidad, aplicando el IPCGN del último mes que estuviera publicado a la fecha de celebración del contrato.

    Saludos - Papeleos Alquiler.

     

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