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eva paredes

casero/a

Contrato de inmueble de uso distinto de vivienda

Qué otro uso se le puede dar a un inmueble "vivienda" que no sea vivienda habitual o vacacional?

Mi casero ha incluido en el contrato una cláusula que dice que el uso de el "inmueble" no será de vivienda habitual ni vacacional, yo cuando acepté el pacto le indiqué expresamente que me quería empadronar.

Esta cláusula, en qué me perjudica?

Le puedo exigir a mi casero que la anule?

  • Preguntado por: eva paredes
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
eva paredes ha sido elegida Mejor Respuesta
  • eva paredes

    casero/a

    Muchas gracias a todos por la información, a Pedro decirle que no existe ninguna cláusula que reserve el domicilio a la propietaria, por lo cual no seria el caso, al resto confirmo mi sospecha de que la propietaria ha querido pasarse de listilla.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Solamente puntualizar que habría que examinar el contrato en su conjunto, no vaya a ser que exista un aclausula en la que se diga que la arrendataria tiene su domicilio vivienda habitual en XXX y por ello el inmueble arrendado no es ni va a ser su vivenda habitual ni vacacional.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • livia

    inquilino/a

    Bien dicho Amparo.

    Hmmmmm se me ocurre tambien.... !!para un taller de chapa y pintura!!!

    Si es que hay por ahi cada listillo

    • Respondido por: livia
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Tu casero, pretende privarte del derecho a prórrogas de hasta 5 años que te otorga el art. 9 de la LAU.

     

    Pero lo ha hecho de un modo tan torpe que parece que pretende que pongas una churrería en la casa (ja ja perdona que me ría de mi chiste pero al decir que ni es vivienda habitual ni vacacional sería el supuesto que queda).

     

    Tranquila si has firmado esa cláusula, pues por absurda, será nula. 

     

    Si vas a vivir ahí, y esa va a ser TU CASA, entonces el contrato es de vivienda habitual aunque tu casero se invente cualquier otra finalidad (

    Artículo 2. Arrendamiento de vivienda

    1. Se considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario. )

     

    No obstante, si el contrato aún no se ha firmado, estás a tiempo para que quite esa memez.

     

    Saludos   -    Papeleos Alquiler

     

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