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Marc

inquilino/a

Contrato \"indefinido\"
Buenas tardes,
Os comento mi caso para ver si podéis aclararme algunas dudas, gracias de antemano.
Un familiar (propietario de un piso), quiere hacer un contrato a mis padres "vitalicio", con una cláusula que alargue las prorrogas del contrato automáticamente si mis padres (lo inquilinos) no dicen lo contrario hasta que mueran.  Para ellos quieren hacer un contrato del máximo tiempo posible, habían pensado en 15 años, con prorrogas de 5 años. (el tipo de contrato no es por temas bancarios ni nada parecido, sino porque mis padres se quedan ahora sin piso, y este familiar no quiere que sus hijos puedan arrebatarle el piso a mis padres hasta que ellos fallezcan).
Mis preguntas son las siguientes:
1- Es posible hacer un contrato de alquiler de esta durada o incluso mas? 2- Se pueden incluir clausular que estipulen que el contrato no se puede romper por ninguna causa, si no es voluntad o fallecimiento de mis padres (incluso por causas justificadas, como destinar el piso a un familiar directo, o querer venderlo). 3- Son obligatorias las revisiones cada "x" tiempo del contrato, en cuanto a la cuantía del contrato? y se puede establecer un % de incremento máximo? 4- Es suficiente con inscribir el contrato en el registro de la propiedad, o puede realizarse ante notario para que este contrato tenga mas peso en un supuesto juicio?
Se que es un caso complejo. Gracias y un saludo
  • Preguntado por: Marc
  • Hace 8 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Marc en este momento los Tribunales no están con los contrato de alquiler de duración ilimitada, en mi blog cuyo enlace le dejo, tiene articulos que ratifican mi afirmación, teniendo en cuenta lo que desean ambas partes y que están dispuestos a hacer el gasto de escritura, mas recomendable veo que se constituya un usufructo vitalicio remunerado a favor de sus padres.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Hagan el contrato de arrendamiento que hagan si el arrendador fallece los hijos de este tendrán derecho a recuperar el piso.
    Lo que puede hacer es venderles a tus padres el usufructo vitalicio del piso.
     como eso hay que hacerlo ante notario e inscribir lo en el registro, el notario les asesorara y les recomendara la mejor manera de formalizar sus deseos
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