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Hola:
En el contrato estipulamos que los gastos de escalera son a cuenta del inquilino.
¿cuales son los gastos que deben de ir a cuenta del inquilino?
¿los gastos del seguro de la comunidad deben entrar también en los gastos que se le pasan al inquilino?
gracias por vuestra ayuda, saludos.
Por alusiones, la expresión 'los gastos de escalera son a cuenta del inquilino' sin especificar el importe de esos gastos faculta al inquilino para no pagar nada, si se especifican en el contrato esos gastos, el inquilino debe pagar la cantidad especificada en la que podrá estar o no incluido el seguro, lo que no puede es repercutirlo como 'derrama'.
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Ya pero si se pactó que los "gastos de la escalera" son por cuenta del inquilino. Normalmente el seguro que mencionas se paga con "los gastos de la escalera"
saludos - Papeleos Alquiler.
No debería, pues es un servicio que en nada beneficia al inquilino, asi que pertocaría al arrendador.
un saludo