Buenos dias, Si el arrendamiento es de vivienda habitual supone que, independientemente del plazo que se estipule en el contrato el arrendatario tiene derecho a prorrogar el mismo como mínimo hasta el plazo que establece el artículo 9 de la LAU94. (en función de la fecha del contrato será 3 o 5/7 años). Un saludo.
PdC Sociedad Inmobiliaria.