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JC23

inquilino/a

Contrato de alquiler de un piso por 10 meses y quiero abandonarlo,¿Puedo hacerlo cuándo desee o debo permanecer un mínimo?

El contrato es de diez meses, llevo un mes pero por motivos personales  quiero dejarlo, quisiera saber si debo permanecer un minimo de tiempo o puedo abandonarlo cuándo desee, gracias

  • Preguntado por: JC23
  • Hace 11 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Pedro Martinez Mtnez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Para asegurarse un año de alquiler habria que hacer un contrato por 6 años y medio, lo que me parece una barbaridad porque el desconocimiento de la ley por parte de los inquilinos les asusta y es dificll firmar una cosa asi.

    cuanto mas se coarta la voluntad de las partes peor quedan las leyes.

    pedro martinez

    abogado

    5001@icagr. Es


  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Hola Piscis tres

    ¿cómo te ha afectado a ti esa modificación en la lau?

    yo desde entonces, tal y como aconsejó Pholmo, alquilo mínimo por 2 años y con la cláusula de indemnización que propone la lau.

    un saludo

  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Hola Amparo BB.- Anteriormente mi criterio era que había que cumplir los seis meses y luego comuncar el desestimiento, con lo cual la permanencia en la vivienda se extendía a siete meses como mínimo, pero la docta opinión de los jurisconsultos de este foro me han aclarado que se puede comunicar el desestimiento antes de cumplir el primer semestre de contrato y con efectos de los treinta días siguientes. con lo cual el arrendatario puede irse a los seis meses si avisa antes del quinto mes de permanencia en la vivienda.  

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    ¿De cuántos meses dice que es el contrato?

    Ese es en principio el tiempo al que usted se comprometió.

    Con la modificación a la ley del pasado junio,podría desistir una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días.

    Es decir, siete meses mínimo.

    Pero, además, lea su contrato porque "Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización."


    Saludos - Papeleos Alquiler.

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