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Hay que esperar a que pase otro año para poder dejar la vivienda o se puede avisar con cierto tiempo, en ese caso cuánto, para marcharme y recuperar la fianza y no penalizar en ningún sentido.
Gracias.
Hola ramonona:
tiene varias opciones:
1º) Examinar su contrato de arrendamiento para ver si en el mismo se pactó la facultad del arrendatario de desistir del mismo antes del plazo de duración o cualquiera de sus prórrogas. En caso afirmativo hacer uso de tal facultad.
2º) Comunicar fehacientemente con al menos 30 días de antelación a la fecha de finalización del plazo contractual o de cualquiera de sus prórrogas su voluntad de no prorogarlo.
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
3º) Intentar llegar a un acuerdo con su arrendador para resolver el contrato de mutuo acuerdo.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
la vivienda, legalmente, se ha de dejar en una anualidad y se debe de avisar a la propiedad con 30 días de antelación via burofax.
Ejemplo: si el contrato cumple una anualidad el 1 de octubre, lo más tardar el 1 de septiembre le envias el burofax.
También y teniendo en cuenta que somos personas, las cosas pueden hablarse.