Llegado el final de los 5 años, si alguna de las partes notifica con una antelación de 30 días, la voluntad de no continuar con el contrato, el mismo se extingue, en su fecha.
Si no existe dicha comunicación, se prorrogará por años, estando obligado el propietario a soportar esa prórroga por otros tres años.
Nada obliga al propietario a renovar el contrato o permitir esa prórroga, al finalizar los 5 años.
Pot tanto todo depende de lo que puedan pactar.
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