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Tengo un contrato de alquiler de 5 años de duración y llevo viviendo casi uno (en julio cumpliré un año). Por motivos personales, tengo que dejarlo. Según tengo entendido, al no cumplir los 5 años, tengo que indemnizar al propietario pagándole un mes de alquiler por cada año no cumplido. Esto es obligatorio?
gracias de antemano.
javier.
a ver, este tema de cuando el inquilino se marcha antes del plazo pactado es complejo y hay opiniones para todos los gustos. y las opiniones de los jueces tambien son para todos los gustos, pero dependen de los datos q te pregunto a continuacion...
lo mejor seria q nos des mas datos para aconsejarte mejor
1) cuales son los motivos personales por los q deseas marcharte del piso
2) confirma q el alquiler se pacto por un periodo de 5 años o bien se pacto por un año con posibilidad de renovarlo año a año hasta los 5.
3) indica cuando entraste en el piso, para ver cuando podrias marcharte cumpliendo con la ley (sobre todo si es un contrato de un año renovable)
4) indicanos todo lo q ponga en tu contrato referente a la posibilidad de q el inquilino quiera marcharse antes de cumplirse el periodo pactado (quizas el contrato hable de desistimiento o rescision del contrato, dinos lo q ponen esas clausulas exactamente)
Asegurate de que efectivamente el plazo pactado es de 5 años, porque lo normal es señalar periodos de un año o incluso menos, que se prorrogan a voluntad del inquilino hasta un máximo de 5. En ese caso, bastaría con preavisar fehacientemente (burofax con aviso de recibo) con treinta días de antelación a la fecha en que se cumpla el plazo de duración.
Si realmente se señaló un periodo de 5 años, la indemnización por extinción anticipada es la que se pacte en el contrato. Si no consta nada, las partes deben establecerla de mutuo acuerdo.