Comparto alquiler con 2 personas, en el piso llevo 2 años, el contrato lo hicimos hace sólo 1, a medias con una de ellas y el tercero tenía hasta hace poco los recibos domiciliados. Como nunca estamos en casa por las mañanas, en estos 2 años no ha habido lectura real del contador de la luz; al entrar los compañeros me dijeron que era un contador viejo y se pagaba el mínimo siempre; lo que me temo que esta situación se da desde hace más años con los anteriores inquilinos, no sé exactamente desde cuándo y al marcharse el que domiciliaba los recibos, el de la luz me lo quedé yo. En un mes nos marchamos del piso, el dueño entra conforme y quedaremos para devolvernos la fianza.
Nosotros 3 no tendríamos problema en responder de la parte correspondiente a nuestro tiempo alquilados, pero quisiera saber si, hasta donde llega mi responsabilidad ya que son mis datos los que aparecen en la factura, aún no como titular del contrato de luz. Sería conveniente poner el tema en conocimiento del arrendador
Dices que no ha habido lectura real del contador. ¿es que no se accede a la lectura desde el exterior? Cuando se firma el contrato lo primero es verificar que todo en el piso está en debidas condiciones pues al finalizar se exigirá lo deje en debidas condiciones. Se hace por burofax con acuse de recibo. No entiendo muy bien lo de compartimos el alquiler. Son inquilinos los que figuran en contrato. Los demás pueden ser subarrendatarios o van de visita. Normalmente se prohibe el subarriendo que es motivo de rescisión de contrato. Los consumos suelen estar a cargo del inquilino. Si teneis facturas pendientes pago de suministros o rentas impagadas os lo deducirá de la fianza- lo firmado obliga a las partes.
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