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Debo abandonar el piso del que soy inquilino.
Hace 4 meses que debíamos haber formalizado la prórroga del contrato aún cuando se estipuló en éste que para que la prórroga fuera válida debía ser formalizada fehacientemente y firmada por ambas partes. Además se excluye la tácita reconducción en el contrato. Es mi segundo año de contrato.
¿Con cuánta antelación debo comunicar al propietario mi intención de abandonar la vivienda y finalizar el contrato de forma unilateral?
¿Hace falta algún documento de finalización de contrato para la devolución de la fianza?
Debiera manifestar al arrendador esa preocupación y llegar a un acuerdo transaccional viene de transigir, es decir ceder cada parte un poco.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.Ocurre, que no estoy seguro de hacer frente al alquiler de la vivienda debido a que mi situación económica no es la misma que cuando formalizamos el contrato y es por esto por lo que debo abandonar la vivienda. ¿Debo seguir con este contrato de alquiler aún cuando no se está seguro de poder pagar el alquiler?
Si se trata de un arrendamiento de vivienda el contrato está prorrogado aún con la clausula que expone, ahor aningun ade las partes puede darlo por terminado unilateralmente, hace falta un acuerdo de finiquito que debe ser por escrito y firmado.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Hola Raúl:
Le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://blog.enalquiler.com/2011/uias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es