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El dueño es el dueño del bloque, pero la comunidad tiene un administrador y han presionado al dueño para que yo quite el tendedero, yo me he gastado un dinero en el tendedero, ¿ahora quién se hace cargo del gasto económico? todos me vieron colocando el tendedero y nadie dijo nada, hasta el término de la colocación del mismo, y ahora tengo que cargar yo con los gastos de la desarticulación del tendedero, ¿y quién me reembolsa el dinero gastado en el tendedero?
Hola elvecino:
En su caso no se trata de un edificio sometido a Propiedad Horizontal sino de un edificio sometido a Propiedad Vertical, ya que el mismo pertenece a un único propietario, por lo que no existen estatutos ni acuerdos de la Junta que regulen la colocación de tendederos.
Si en su contrato no se prohibió la colocación de un tendedero o, si la colocación del mismo, no puede considerarse como obra a afectos del artículo 24 LAU 1994, su arrendador carecerá de base legal para exigir su retirada.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
http://letradosalquileres.es.tl
Email: letradoalquileres@hotmail.com
Email2: armandogarcia@ical.es
Hay algo que no cuadra si el dueño del bloque es una persona física no puede haber comunidad de propietarios en todo caso será comunidad de inquilinos que carece de facultades para prohibir la colocación de un tendedero
Puede visitar mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ donde aparecen temas relacionados o consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
Si el dueño del piso es el dueño del bloque, él es la comunidad. Pero si el tendedero es en una fachada principal, la normativa municipal lo prohibe.Y claro los gastos son a tu cargo.