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Hola. Les comento.
Estoy viendo en un piso en alquiler, tengo contrato hasta dentro de cuatro meses, pero he decidido que tengo que salir del piso porque se me hace un sufrimiento enorme estar ahi.
Mi compañera de piso ha metido por la cara sin consultarme al novio a vivir en el piso, ademas crean un ambiente y una tension horrible, que con un ritmo de estudiando y trabajando no me puedo permitir.
Tras intentar sin frutos que ella cumpliese y por lo menos atendiese al contrato, practicamente se rie de mi en mi cara. Al final he optado por buscar otra habitacion en otro piso.
Y aqui viene el problema, la casera aunque lo entiende me pide el dinero de las mensualidades restantes que yo con mi nueva habitacion no voy a poder pagar.
¿Tengo algun derecho, como parte del contrato y habiendo exigido el buen cumplimiento de este sin frutos, a rescindir el contrato por incumplimiento del mismo¿
Gracias por el tiempo y espero poder solucionarlo lo antes posible.
Un saludo
Niederman, si crees que lo hay solo tienes que promover la resolucion. Eso se hace por medio de demada ante el juzgado, con letrado y procurador.
pero ojo, quien tiene derecho y está legitimado activamente es la otra parte, es decir, el propietario, no tu.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es
Partiendo de la lógica y el sentido común, ha habido un incumplimiento del contrato por parte de mi compañera,
En el articulo 27.1 de la ley de arrendamientos del 94 dice claro que, el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones del contrato da derecho a la parte que haya cumplido a exigir el cumplimiento o en su caso a promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1124 del CC.
Cuando tu firmas un contrato de arrendamiento BILATERAL, te comprometes a cumplir todas las clausulas que hay en el.
Si entras a un piso de tres personas y permites que una cuarta tenga llaves y entre a vivir, se esta incumpliendo ¿no creeis?
Ya no solo por mi compañera si no por la casera aún sin gustarle lo permite.
Gracias por la respuesta
La casera nada tieneque ver con las desaveniencias entre vd su compañera y el novio de esta, por lo tanto no puede involucrarla en ese tema, solamente se me ocurre como solución que busque un apersona que la sustituya en ese alquiler.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Pues tu caserra lleva toda la razon, a ella no le importa como te lleves con tu compañera, tu obligacion es pagar y su derecho es cobrarte. Si no lo haces voluntariamente te demandará y eso no es una broma en terminos economicos.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es