¿Cómo y cuándo devolver la fianza del piso en alquiler?
Hace unas semanas acordé con una pareja el alquiler de un piso que había ofertado. Me hacen el pago de la fianza, para que se les guarde ya el piso, y quedamos en firmar contrato y entonces abonar mensualidad correspondiente, unos días antes de mayo, para que puedan ir llevando cosas (a pesar de que ellos querían contratar con fecha del primero de mayo, yo les permití entrar antes para acomodar los muebles).
El caso es que después de prepararles el contrato (con gasto de abogado), pintarles una zona de la pared que estaba levantándose, darles de alta en telefónica, y sacar los muebles que yo tenía dentro, me dicen que no se lo quedan y que les devuelva la fianza.
Y claro, yo no tengo problemas con eso, pero no soy rico, estoy pagando dos pisos, y ahora quién me devuelve a mi los gastos ocasionados?. El tiempo que he estado diciendo a la gente que ya estaba alquilado, me podría haber venido bien, pero ahora ya no tengo tiempo para que pueda alguien entrar en mayo.
De acuerdo con los datos aportados deberías conservar la fianza y contra la misma hacer una cuenta de gastos, daños y perjuicios por incumplimiento de contrato, no hay que olvidar que los contratos se perfeccionan con el mero consentimiento.
¿Qué es lo que firmaste con tu inquilino? ¿Un contrato? ¿Una reserva? Habría que leer el docmento.
La fianza se constituye cuando se formaliza el contrato de arrendamiento y no antes. Por otra parte dices que en tu documento os comprometéis a firmar el contrato más adelante, por lo que cabría deducir que no existe contrato de alquiler todavía.
Parecería que lo que recibiste, independientemente de como lo llames, es un anticipo sobre las cantidades a consignar en el momento de firmar el contrato, lo que no sabemos si la intención era que además fueran una garantía sobre el compromiso, como parece lógico que hubiera sido. Habría que intentar precisar el espíritu y estudiar al detalle de la letra de tu documento.
Bueno, gracias por responder. Lo que hice fue un tipo de pre-contrato, en el que aparecian las condiciones de entrega de fianza y los artículos legales de la ley de Arrendamientos Urbanos, además de los datos del inquilino, claro, como que entregaba una fianza. Junto a ésto, le entregué un recibo de pago.
En esas páginas, se especificaba que el inquilino quedaba sujeto a la firma de contrato en unos días. De todas formas, si no recuerdo mal, en el blog de esta página leí que al pagar una cantidad, no como reserva, sino como fianza, ya se habilitaba el contrato anual, aunque aún no estuviese escrito. Por tanto, legalmente, y después de consultar a una abogada, incluso se podría exigir el pago de un año, pues ya está en vigor la anualidad. Por supuesto, esta es la teoría, y este extremo lo considero excesivo. Lo mejor opino sería llegar a un acuerdo con el inquilino, y devolver parte de la fianza, deduciendo un porcentaje por los gastos que esta operación me ha ocasionado desde el principio del acuerdo.
Por cierto, en este caso concreto, ¿cuántos días tengo para devolver el dinero? Gracias.
Política de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para fines analíticos y para mostrarte publicidad personalizada en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas).
Clica aquí para más información.
Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón 'Aceptar' o configurarlas o rechazar su uso pulsando el botón 'Configurar'.
Hemos detectado que tu idioma es el Español. ¿Deseas ver Enalquiler en este idioma? Ir a Enalquiler en EspañolWe have detected that your language is English. Do you wish see Enalquiler in this language? See Enalquiler in EnglishAbbiamo constatato che la tua lingua è l'Italiano. Vuoi vedere Enalquiler in questa lingua? Vai a Enalquiler in ItalianoWir haben bemerkt, dass Ihre Sprache Deutsch ist. Wollen Sie Enalquiler in dieser Sprache zu sehen? Besuchen Sie Enalquiler auf DeutschNous avons détecté que votre langue est le Français. Est-ce que vous voulez afficher Enalquiler dans cette langue? Afficher Enalquiler en FrançaisDetectamos que seu idioma é o Português. Quer ver Enalquiler nesta língua? Ir para Enalquiler em Português