Tiene que intentar pagar por el medio estipulado en el contrato, si no le cobran debe enviar un giro, y si se lo devuelven puede acudir al juzgado a un procedimiento de consignación judicial.
Si ya ha recibido la demanda de desahucio tiene que acudir al juzgado que lo tramita y hacer la consignación en la cuenta del juzgado.
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